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¿Tienes una propiedad en España pero vives en el extranjero? Esto es lo que debes saber sobre tus obligaciones fiscales en España

Si no eres residente fiscal en España pero eres propietario de un inmueble en el país, es fundamental que conozcas tus obligaciones con la Agencia Tributaria. En esta publicación te explicamos en qué casos debes presentar el Modelo 210 y cómo puede influir tu país de residencia en tu carga fiscal.

1. Ingresos por alquiler: diferencias clave según tu país de residencia fiscal

Si alquilas una propiedad en España, estás obligado a declarar esos ingresos mediante el Modelo 210. El tratamiento fiscal varía de forma significativa en función de tu país de residencia:

  • Residentes en la UE/EEE (por ejemplo, Noruega, Islandia): pueden deducir gastos y tributan sobre los ingresos netos al 19%.
  • Residentes fuera de la UE/EEE: deben declarar los ingresos brutos y tributan a un tipo fijo del 24%, sin deducciones.

¿Qué gastos se pueden deducir (solo residentes UE/EEE)?

Los gastos deducibles incluyen:

  • Intereses hipotecarios (compra o mejora del inmueble)
  • Impuestos sobre la propiedad (IBI), tasas municipales (basura, agua)
  • Gastos de comunidad y mantenimiento del edificio
  • Seguros (hogar, impago de alquiler)
  • Reparaciones y mantenimiento (no mejoras)
  • Honorarios de agentes inmobiliarios o gestores de la propiedad
  • Suministros pagados por el arrendador (electricidad, agua, internet)
  • Amortización del inmueble, mobiliario y electrodomésticos

Todos los gastos deben estar justificados con facturas o recibos en caso de revisión fiscal.

2. Renta imputada

Aunque el inmueble no esté alquilado, la ley fiscal española considera que genera una renta ficticia (renta imputada). Esta debe declararse mediante el Modelo 210, y se calcula como:

  • 1,1% o 2% del valor catastral, según cuándo se haya revisado por última vez.

Plazo de presentación: 31 de diciembre del año siguiente.

3. Venta de inmuebles

Si eres no residente y vendes un inmueble en España:

  • La ganancia patrimonial tributa al 19%.
  • El comprador retiene el 3% del precio de venta y lo ingresa mediante el Modelo 211.
  • Puedes presentar el Modelo 210 para reclamar un posible exceso retenido.

4. Convenios fiscales y país de residencia

España tiene convenios de doble imposición con muchos países (por ejemplo, Francia, Alemania, Reino Unido, EE.UU.) para evitar la doble tributación. Para aplicar el convenio:

  • Consulta las disposiciones del acuerdo.
  • Aporta un certificado de residencia fiscal válido expedido por tu país.

5. Consejos prácticos para no residentes

  • Guarda facturas y justificantes de los gastos deducibles.
  • Verifica si debes declarar también estos ingresos en tu país de residencia.
  • Revisa el valor catastral del inmueble: afecta a la renta imputada.
  • Usa métodos de pago electrónicos para facilitar la documentación.
  • Considera asesoramiento profesional en caso de alquileres o ventas.

6. Plazos para el Modelo 210

  • Ingresos por alquiler: del 1 al 20 de enero del año siguiente
  • Renta imputada: hasta el 31 de diciembre del año siguiente
  • Venta de inmueble: dentro de los cuatro meses posteriores a la venta

¿Tienes una propiedad en España y no estás seguro de estar cumpliendo con tus obligaciones fiscales?

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